El Gobierno no podría aplicar el art 155 para suspender a Cataluña

Captura de pantalla 2015-09-17 a las 8.55.17El gobierno no podría aplicar el art. 155 en caso de declaración unilateral de independencia del Parlamento Catalán. Ayer me contaron algo interesante. No lo he estudiado a fondo, pero suena creíble. Vamos a ver: las elecciones catalanas son el 27 de este mes. El Parlamento catalán se constituirá mas o menos en un mes, es decir, allá por el 24 de Octubre. Supongamos que la lista independentista consigue la mayoría absoluta. Si no, nada de esto importa.

Bien pues imaginemos, como digo, que tiene esa mayoría y que se dispone a aprobar, como han prometido, la declaración Unilateral de Independencia.

Rajoy tiene que convocar elecciones generales. No le queda otra. El plazo máximo, el día final hasta el que puede dilatar esa convocatoria de acuerdo con la Constitución es el 27 de Octubre. Pues bien, las convoca. ¿Qué sucede? Dos cosas. Primera, que el gobierno pasa a ser un gobierno en funciones, y ya se sabe que la teoría —he dicho teoría— constitucional del gobierno en funciones consiste en que puede adoptar decisiones de lo que se llama ordinaria administración, pero no acometer cosas excepcionales. ¿Intervenir una Comunidad Autónoma en base al articulo 155 es algo excepcional?. Pues sí, parece que si.

Pero hay mas. Ese artículo exige que el Gobierno cuente con la mayoría absoluta del Senado. ¿Y qué pasa? Pues que la convocatoria de elecciones provoca el cese de las Cámaras, esto es, del Senado y del Congreso. Jurídicamente ya no existen como tal Senado y como tal Congreso. Entonces ¿quiere decir eso que no podría reunirlo para pedir esa mayoría absoluta que reclama el articulo 155? Pues sí, quiere decir exactamente eso.

Entonces los independentistas, supuesto que hayan ganado, hacen la declaración de independencia el día 29, por ejemplo. Y el gobierno se encuentra cogido de pies y manos por esas cuestiones legales y no puede aplicar el articulo 155.

Entonces cobra sentido lo que quieren hacer con la reforma del Tribunal Consitucional. Como el Gobierno no puede actuar, por eso modifican la Ley Orgánica del Constitucional para que sea este Tribual el que actúe, y por eso le conceden el poder de suspender a autoridades en cumplimiento de sus sentencias o resoluciones.

Los independentistas catalanes hilan fino. Al gobierno siempre le pillan en un renuncio. Es posible hacer las cosas peor en este tema catalán, pero no es fácil, la verdad. Uno se siente desamparado cuando ve estas cosas. Como ya he dicho, perdieron la memoria Histórica. Y ahora parece que no saben qué hacer y no paran de dar palos. Eso de traer a líderes europeos a opinar sobre la independencia catalana es un desatino de primer orden. Están haciendo su juego. Están ayudando a convertir estas elecciones autonómicas en un plebiscito, en un referéndum trucado. En fin, que es lo que tenemos. No se si es lo que nos merecemos, pero en todo caso andamos cerca de eso.

35 thoughts on “El Gobierno no podría aplicar el art 155 para suspender a Cataluña

  1. Creo que el artículo 155 no le aplicará el Gobierno porque ha elegido utilizar la vía del Tribunal Constitucional (TC) como “defensor de la Constitución”.
    La reforma del TC actualiza un debate de los años 30 del siglo pasado entre Carl Schmitt y Hans Kelsen a cuento de la débil República de Weimar.
    A grandes rasgos, Schmitt argumentó que fuera el Ejecutivo, concretamente el Presidente de la República, el que saliera en defensa de la Constitución amenazada; mientras que Hans Kelsen prefería la actuación de un órgano “ad hoc” como el Tribunal Constitucional.
    Con la reforma del TC el Gobierno ha optado por Kelsen (TC) en vez de por Schmitt (aplicación del 155).
    Y creo que ha acertado, pues el 155 es ineficaz al no prever el día después de su aplicación.
    Sin embargo, la reforma del TC dota a éste de los medios para exigir la responsabilidad personal a cada funcionario que incumpla la ley.
    Se explica aquí con más detalle: http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/2015/07/un-estado-de-derecho-partisano.html
    Por todo ello, el Gobierno no aplicará el 155, pero no por la circunstancia temporal de que no esté constituido formalmente el Senado.

  2. Me pregunto si las medidas punitivas que se prevén en la reforma de la Ley Orgánica podrían aplicarse en tanto en cuanto dicha reforma entraría en vigor tras las elecciones, tras la composición del parlamento catalán y posiblemente tras la declaración unilateral de independencia. ¿Quid de la prohibición de retroactividad?

      • Cierto que se trata de medidas de ejecución de sentencias y no de medidas penales – aunque según el texto de la propuesta está previsto que se puedan pedir responsabilidades penales también- pero no dejan de ser medidas cohercitivas con carácter sancionador, aunque sea administrativo (vg. Multa). Si en su esencia las potestades sancionadoras del Estado (administrativa y penal) participan de la misma naturaleza, se rigen por los mismos principios (ne bis in ídem, proporcionalidad, legalidad, prescripción…y no retroactividad). Aunque estoy segura de que llevas razón, lo cual me consuela, me sigue sin cuadrar del todo.

  3. Buenos días,
    el problema catalán se ha enmarañado de tal manera que hasta los últimos artículos y comentarios de este blog podrían entrar en la categoría de conspiranoicos, aunque muchas veces lo inverosímil resulta ser lo real. El lunes pasado un refutado economista español decía: “los independentistas catalanes declararán la independencia cuando las Cortes estén disueltas”, y añadía, “hasta un tonto lo ve”. Parece pues una teoría más extendida de lo que creemos, pero claro, para llegar a buenas conclusiones hay que analizar las cosas, y eso no se estila.
    Los secesionistas catalanes llevan más de 100 años tratando de separar Cataluña de España, aunque bajo mi punto de vista, a pesar de su base racista, su secesionismo más que una separación total ha tratado siempre de liderar al “resto” de pobres y atrasados españoles. La cuestión fundamental en este caso es que tras el larguísimo periodo de tiempo que llevamos padeciendo este problema, y sobre todo tras los casi 40 años de cesiones de competencias (mucho más altas que en cualquier Estado Federal del mundo), al Gobierno se le ocurre un parche a dos meses de las Elecciones Generales. No sé si el Gobierno actúa por ignorancia o por connivencia, pero a tenor de los acontecimientos me parece más bien lo segundo.

    Un saludo.

  4. A Claudio le ha sorprendido gratamente este texto. Desconocía esa trabazón jurídica-constitucional. De ser cierta, demostraría lo bien arquitrabado que está el proyecto soberanista del orfebre independentista Mas y sus adláteres. No dan puntada sin hilo. Se merecen conseguirlo, y los castellanistas-madrileñistas se merecen pasar esa pena y ridículo europeo, internacional y sideral (habrá algún gallego, como el idiota cósmico de Rajoy , en la Luna).

  5. Ángel Giménez Porto
    en said:

    Ayer por la noche, aunque no entero, pues se me hacía tarde y hoy tenía que madrugar, oí de boca de Mario y con gran sorpresa, las explicaciones que nos daba sobre la celada que Mas, tenía preparada para “pillar” al gobierno fuera de plazos en los que, de manera oficial y ateniéndose a la ortodoxia constitucional, pudiera hacer algo por evitar el reto secesionista suspendiendo la autonomía catalana, por medio de la aplicación del art. 155.

    Esto a mí, si gobierno, me habría preocupado muy relativamente, pues como se expuso anoche en El Gato al agua, hay otras muchas leyes y caminos transitables, a efectos de embridar a esta gente. Lo que a mí, siendo yo, sí que me preocupa, es que no se saquen las moralejas pertinentes de una situación tan “bajuna” como ésta y la impresentable intervención de Margallo en todo este penoso asunto, no me hace albergar esperanzas al respecto.

    Supongo que estas cosas pasan cuando uno se tira toda una vida sentado en un queso y comiendo de otro, haciendo absoluta dejación del cumplimiento de sus responsabilidades: al final, te pilla el toro.

    Sobre la política exterior, incluida la liderada por la casa real, por ser ya tema recurrente y manido, mejor no hablar. Sólo decir que de mi antiguo orgullo patrio, no me queda nada más que la añoranza de su Historia pasada.

    Aún sabiendo de antemano que esta frase va a provocar otras muy altisonantes por parte de patriotas con ánimos encendidos, o de otras que en tono más condescendiente me hagan reparar en las bondades de las gentes y las culturas patrias, yo, hoy, me avergÜenzo de ser español.

    • Ángel Giménez Porto
      en said:

      …..y para que nadie pueda ver ambages, tibiezas o disimuladas intenciones de destrucción en mi discurso, matizo y añado que yo, tampoco soy constitucionalista, que creo que en el caso de España, su Constitución fue concebida contra natura y obedeciendo a intereses e intenciones muy poco claras, o confesables, que la corrosión que ha sufrido en el seno de su propio Tribunal y para colmo, la nula voluntad de ser aplicada en los pocos términos que de ella emanan con una mínima claridad respecto a ciertas cuestiones de importancia capital, por parte de quienes debieran hacerlo, la han convertido en una caricatura de sí misma, que se ha llevado por delante la dignidad de un pueblo, que no ha sido capaz de amonestar y reconvenir a su clase política.

      En ningún país, ocurre como en España, que sus gentes, se avergüencen de mostrar su patriotismo, en ningún país, sus presidentes, se permiten decir que el término nación describe un concepto discutido y discutible, sin que tengan que asumir responsabilidades inmediatas por ello, en ningún país que yo conozca, se abuchea y se silba a su bandera o a su himno, sin que haya consecuencias y en ningún país, que yo conozca, se permite postergar a la lengua patria, sin que nada ocurra y en ningún país que yo conozca, una minoría, puede permitirse sojuzgar a toda una nación, sin que el peso de la ley, caiga inexorable, sobre quienes tal intenten.

      Por todo esto, como español, siento una profunda vergüenza.

      Esto, sin tecnicismos o alardes de conocimientos más allá que los que el sentido común me dicta, es lo que a bote pronto y como español, se me ocurre decir. Si hay que entrar en materia y hablar de Historia, no tengo inconveniente en hacerlo, si hubiera que hablar de jurisprudencia, estoy dispuesto escuchar con interés y aprender cuanto se me quiera explicar, pero creo que ahora nos hace mucha falta algo de lo que España supo hacer gala a lo largo de su historia en momentos clave de la misma y se llama valentía, se llama dignidad, se llama patriotismo, eso de lo que supieron hacer gala los españoles en la Guerra de la Independencia y que no acierto a entender cómo, parece ser que se desvanecido en el éter.

      Benito Pérez Galdós en sus episodios nacionales, NARRA una gesta sin precedentes, llevada adelante por un pueblo, el español, para recuperar, su tierra, su independencia de un país extranjero y opresor, para recuperar su identidad y hacer respetar sus costumbres, para volver a ser él mismo y lo hizo el pueblo, que se levantó contra sus propias instituciones y sus administraciones, para recuperar su soberanía y volver a sentirse nación.

      De esto, para quienes piensen que es agua pasada, hace cuatro días. ¿Qué cojones ha pasado aquí, desde entonces?.

      No me contesten con tecnicismos que ya conozco o intuyo y llamen a las cosas por su nombre: CORRUPCIÓN.

      • Claudio le puede dar una pista de lo “¿Qué xxxxxxx ha pasado aquí, desde entonces?”. Ése desde entonces, comienza durante los últimos años del reinado de Isabel II con la Unión Liberal y culmina con la revolución de 1868. Es en ese interludio donde se construye ese nocivo factor castellanista de la identidad nacional española, y se nos inculca que la construcción de un Estado centralizado era la única forma válida de configurar una comunidad nacional. O sea, el nacionalismo de la nación castellana.

        • Ángel Giménez Porto
          en said:

          Dígale a Claudio de mi parte que si no se aburre de mirar el universo por una mirilla tan estrecha. La construcción del Estado Español y la conciencia de nación, tanto en el interior de España, como la que de ella se tenía desde el exterior, mal que le pese a Claudio, viene de muy atrás y dio al mundo grandezas de consecuencias trascendentales, tales como la dispersión del catolicismo y la de la lengua española por casi todo el mundo.

          Estos hechos irrefutables, puede que a algunos les molesten, pero son irrefutables, no es por nada que ahora se pretende hacer pasar a Colón por catalán y cosas mucho más exóticas que no hacen sino delatar dolorosos complejos de inferioridad.

          Deje usted de hacer el ridículo y de dar la lata haciendo de portavoz del tal Claudio, hágame caso y mándele a paseo, ya verá qué bien se queda usted y qué tranquilos nos deja a todos los demás.

          Gracias.

  6. Vuelvo a insistir como el tema me aburre por no utilizar términos mas soez, simplemente el transfondo de lo expuesto es de una gravedad todo lo referente al derecho en España, es para tomárselo a broma porque sino utilizaría otra expresión más directa, pero lo peor es que ni se esperan salvaguardas para evitar situaciones en el futuro.

    Insisto en en este párrafo de una película sobre la declaración de independencia de EEUU, puede servir de base para cualquier asunto que nos sucede.

    – De todo lo escrito en la declaración de independencia sobre la libertad, hay una frase que fundamenta todas las demás. “Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones dirigida invariablemente al el mismo objetivo evidencia el designio de someter el pueblo a un despotismo absoluto es su derecho es su deber derrocar ese gobierno y proveer de nuevas salvaguardas para su futura seguridad.” Hemos perdido esa manera de hablar.
    – Precioso, pero no he entendido nada.
    – Significa que si algo va mal los que tienen la capacidad de actuar Tienen la responsabilidad de actuar.

    • La frase es muy buena, pero ¿qué gobierno en España, con sus autonomías, quedaría fuera de ese derrocamiento? Dudo de que se salve alguno. Eso sí, la lista estaría encabezada por el central seguido del catalán, valenciano, madrileño, andaluz… es todo tan penoso.

  7. Siempre es interesante analizar escenarios probables.
    ¿El Partido Popular se está equivocando? Puede ser. También hay quien piensa que la estrategia del PP es la siguiente:
    Gana la lista independentista sin mayoría, pero muy cerca. Coquetean con PSOE y Podemos. Los españoles tienen miedo de la independencia y ven mal el coqueteo del PSOE y la ambigüedad de Podemos. El PP arrasa en las Generales, mayoría con Ciudadanos.
    Cada uno hace sus cuentas…

  8. NI OLVIDO NI PERDON
    en said:

    Cuando Mario Conde hace una reflexión, me la tomo muy en serio. No se manifiesta para hablar y decir nada como Rajoy ni para manifestar estupideces de proporciones siderales en tercer persona. No soy constitucionalista y mi fe en el TC es igual que la que me me merece la justicia española de la cual, como órgano atípico que es al no ser jurisdiccional, hace un ‘control de constitucionalidad’ con tal velocidad que cuando decide decidir la situación juridica creada ta no tiene solución. Solo se admiten a trámite, además, el 0’1 de los casos. Supongo que, al menos, un Gobierno en funciones podrá presentar un Recurso de Amparo pero, ¿como tal Gobierno en funciones?

    Echo de menos a Peter, y Carita de Plata que no sé si han ido definitivamente o si, de acuerdo con los avisos de Peter se encuentran pendientes de volver a entrar en el foro, en una situación que sería la del Noreste de España con respecto a la UE, si se siguen las idioteces de Más.

    Trato de encontrar alguna situación jurídica anterior o parecida y he encontrado lo que expongo a continuación. No se si algo semejante podría currir hoy, pero me parece interesante la forma de actuar de la II República.

    Los sucesos del 6 de octubre de 1934 en Cataluna. Diez horas de rebelion
    LOS PRECEDENTES:
    – El 4 de octubre de 1934, tras la caida del Gabinete Samper, el Gobierno acoge a tres Ministros de la CEDA: Aizpun en la cartera de Justicia, Anguera de Sojo en la de Trabajo y Gimenez Fernandez en la de Agricultura.
    – Convocatoria de huelga general de Alianza Obrera en todo el territorio de Cataluna.
    LOS HECHOS:
    – 6 de octubre, a las ocho de la tarde Companys, presidente de la Generalidad, proclamo el Estado Catalan desde el balcon del Palacio de la Generalidad. La declaracion fue la siguiente: “La Cataluna liberal, democratica y republicana (…) llama a todos al cumplimiento del deber y de la obediencia absoluta al Gobierno de la Generalidad, que desde este momento rompe toda relacion con las Instituciones Falseadas (…) En esta hora solemne en nombre del pueblo y del Parlamento, el Gobierno que presido asume todas las facultades del poder en Cataluna, proclama el Estado Catalan de la Republica Federal Espanola, y, al establecer y fortificar la relacion con los dirigentes de la protesta general contra el fascismo, les invita a establecer en Cataluna el Gobierno provisional de la Republica que hallara en nuestro pueblo catalan el mas generoso impulso de fraternidad en el comun anhelo de edificar una Republica Federal libre y magnifica”.
    – Companys telefonea al general de la IV Division Organica, Domingo Batet Mestres, para que se someta a sus ordenes.
    – Este se pone en contacto con Lerroux, que le ordena telefonicamente la declaracion inmediata del “estado de Guerra” en el territorio de la Region autonoma de Barcelona. –
    – El Ayuntamiento de Barcelona convoca sesion extraordinaria y acuerda, con el voto favorable de 22 concejales frente a 8, “su firme y decidida adhesion al Presidente y al Gobierno de Cataluna”.
    – Madrugada del 7 de octubre de 1934, el comandante Fernandez Unzue abre fuego contra la Generalidad y el Ayuntamiento.
    – En diez minutos, Companys se rinde y telefonea a Batet para comunicarle su rendition.
    – Batet le exige que lo comunique por radio.
    – Sobre las 6 de la manana, las tropas entran en sendos edificios oficiales y detienen a Companys y el resto de Consejeros de la Generalidad, excepto Dencas (consejero de la Gobernacion), que consiguio escapar por las alcantarillas.
    – Los detenidos son trasladados al buque Uruguay fondeado en el puerto de Barcelona que se convirtio en prision provisional de la sublevacion.
    – Lerroux interpone una querella criminal contra los consejeros catalanes.
    – Batet asume el mando y cesa a los jefes militares y politicos que colaboraron con el Gobierno de la Generalidad.
    LAS CONSECUENCIAS:
    – Decreto del Gobierno de la Republica por el que se hacia recaer la Presidencia accidental de la Generalidad y todos los poderes del Consejo Ejecutivo en el coronel Jimenez Arenas.
    – Se nombro un Comisario General de la Ensenanza que asumio todas las funciones del Patronato de la Universidad de Barcelona, de los Consejos Regionales de Primera y Segunda Ensenanza de Cataluna y del Patronato Escolar de Barcelona.
    – Se nombro un Delegado especial para Cataluna en materia de Servicios Sociales.
    -El Tribunal de Garantias Constitucionales emitio sentencia en que declaraba la inconstitucionalidad del articulo 22 del Estatuto de Cataluna que preveia la inmunidad de los miembros de la Asamblea catalana.
    – Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros de 26 de noviembre de 1934 que establecia la asuncion por parte del Gobierno de la Republica de todas las funciones de Orden Publico que habian sido traspasadas a la Generalidad el 15 de noviembre y 8 de diciembre de 1933 y 24 de enero de 1934.
    – Despues de arduas sesiones parlamentarias, se aprueba la Ley de 2 de enero de 1935, de suspension del Estatuto de Cataluna “interin” (sic) las Cortes establezcan gradualmente el regimen autonomico, supuso el final de la administración de los organos autonomos por la autoridad militar. La Ley de 2 de enero de 1935 constaba de tres articulos:
    “Art. 1: Quedan en suspenso las facultades concedidas por el Estatuto de Cataluna al Parlamento de la Generalidad hasta que las Cortes, a propuesta del Gobierno y despues de levantada la suspensidn de garantias constitucionales, acuerde el restablecimiento gradual del regimen autonomico ”.
    “Art. 2: En el periodo transitorio de que se habla en el artlculo anterior asumira todas las funciones que correspondiesen al Presidente de la Generalidad y a su Consejo Ejecutivo un Gobernador General, que nombrara el Gobierno, con facultades de delegar en todo o en parte las funciones atribuidas a dicho Consejo ”.
    “Art. 3: El Gobierno nombrara una Comision que, en el plazo maximo de tres meses, estudie los servicios traspasados y valorados y proponga los que durante este regimen provisional deban subsistir, los que deban rectificarse y los que deban revertir al Estado, senalando en cada caso las normas a que debera sujetarse la ejecucion de los acuerdos adoptados.
    En todo caso, las normas referentes a los servicios de Orden publico, Justicia y Ensenanza seran objeto de una Ley ”.
    De la letra de la Ley de 2 de enero de 1935 pueden deducirse tres grandes grupos de medidas o lmeas de actuation en que iba a transcurrir la suspension temporal de la autonomia catalana:
    a) la asuncion de las facultades, competencias y funciones asignados por el Estatuto a los organos de gobierno de la Region autonoma por el Gobierno de la Republica, que designaria un Gobernador General. El cargo correspondio a Manuel Portela Valladares. la modificación del traspaso de servicios ya efectuado y la reordenacion de los servicios, que estaban en via de traspaso. En esta materia fue esencial la labor de la Comision a que se referia el articulo 3 de la Ley de 2 de enero de 1935, creada por Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros de 21 de febrero bajo la denomination de “Comision Revisadora de los Servicios Estatales Traspasados a la Generalidad de Cataluna”.
    b) la conservacion en manos del Gobierno de la Republica de toda competencia en materia de Ensenanza, Justicia y Orden Publico.
    EL EPILOGO:
    – La suspension de la autonomia catalana se prolongo hasta febrero de 1936, en que se aprobo el Decreto-Ley de 26 de febrero, por el que se autorizaba al Parlamento de Cataluna a reanudar su actividad y, por tanto, a designar un Gobierno para la Generalidad.
    – Por Decreto de la Presidencia del Consejo de Ministros se devolvieron todas las competencias a la Generalidad excepto las de Orden Publico.
    – La Diputacion permanente acordo que el Parlamento catalan reanudase sus funciones y eligiese un nuevo Presidente. Ese mismo dia, se reeligio, por aclamacion, a Lluis Companys, que regreso a Barcelona el 2 de marzo de 1936 y restituyo en sus puestos a todos los miembros del “gabinete de la sublevacion”, excepto a Decas y Badia (jefe de Policia).
    – El 5 de marzo de 1936, el Tribunal de Garantias Constitucionales declaro la inconstitucionalidad de la Ley de 2 de enero de 1935. La sentencia resolvia el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente en funciones del Parlamento contra dicha ley, en virtud de lo preceptuado por el articulo 121 de la Constitution de 1931. El recurso se sustentaba en la afirmacion de que la Constitucion de 1931 no amparaba a las Cortes para proceder a la suspension de los Estatutos de Autonomia, ni mucho menos, del Parlamento catalan, que, en ningun caso, habia tomado acuerdo que subvirtiese el orden constitucional: “Las Cortes de la Republica son competentes para tratar de materia estatutaria, pero solo pueden hacerlo sin violar el sistema juridico que creo la Constitucion, respetando los infranqueables preceptos rituales establecidos para ello, que no hayan sido tenidos en cuenta al aprobar la ley impugnada que vulnera, por lo menos temporalmente, el contenido el Estatuto de Cataluna, y que no son aplicables los articulos 21 y 28 de la Constitucion, porque no estamos frente a ninguna colision de derechos entre el Estado y la Generalidad de Cataluna y porque no se trata de dilucidar si una determinada materia es o no residuo de soberania”.
    A juicio de la sentencia la disposition recurrida era inconstitucional por haber introducido un regimen intermedio entre la autonomia y el Derecho comun que violaba los preceptos constitucionales que la garantizaban. Segun la literalidad de la sentencia: “Los sucesos ocurridos el 6 de octubre de 1934, quebrantando seriamente los supuestos en que se apoya el regimen autonomico y perturbando la relation normal entre los organos del Poder que la Constitucion ha establecido en interes de la misma autonomia, plantearon al Gobierno la inexcusable necesidad de rescatar los resortes del orden publico. Para ello contaba el Poder Central con las facultades que le confiere la Ley de 28 de julio de 1933. Pudo entender el Gobierno que tanto la solution ofrecida por el articulo 55 de esta Ley como la convocatoria en su caso, de elecciones que renovaran el Parlamento de Cataluna (…) creaban una situation anomala y posiblemente perturbadora. Y entendio que cabia armonizar el respeto al principio autonomico con las exigencias impuestas por el interes nacional, creando una figura no prevista en el texto constitucional; la virtual suspension del Estatuto, aunque con el proposito de continuar amparandolo (…) Estas razones, como en general las de tipo politico, incluso las que se inspiran en apreciaciones de necesidad, no pueden servir de base para una decision de este Tribunal si son contradictorias con los preceptos constitucionales. No cabe distinguir donde la Constitution no distingue, ni pueden aceptarse alegaciones que ella no autorice. La suspension del regimen autonomico, establecida en la ley, podria convertirse en medio de derogar practicamente el Estatuto. Y si, por otra parte, se atribuye a la iniciativa del Gobierno el restablecimiento gradual de la autonomia que se suspende, es evidente que al poder discrecional que se confiere en materia de tan especial signification se anade esta anomalia: el regimen autonomico deja de significar la estructura de nucleos integrantes del Estado espanol, a tenor de los articulos 8°, apartado primero, y el 11, apartado ultimo, de la Constitucion, para diluirse en una serie de competencias fraccionadas y revocables, cuya sustitucion queda subordinada a estimaciones subjetivas, tanto en cuanto a la materia de las mismas competencias, como en cuanto al ritmo con que han de ser reintegradas, como en cuanto a la oportunidad de restablecimiento. Los modos y las pautas, es decir, toda la sustancia de la autonomia, se encomiendan al poder central. Y cualquiera que fuese la situacion creada por los hechos, ha de reputarse inconstitucional este desglose en leyes particulares y seriadas del contenido de las autonomias regionales que la Constitucion ha concebido con un criterio organico y a las que ha dotado de personalidad”.
    De modo que, a juicio del Tribunal, “Si bien los Estatutos de Autonomia previstos en la Constitucion no son leyes de categoria constitucional, lo es el principio de autonomia de que nace (…) e impone al Estado la obligation de reconocerlos y ampararlos como parte integrante de su ordenamiento juridico”. Y concluye que “debe considerarse inconstitucional la Ley de 2 de enero de 1935, ya que al instituir en sus tres articulos un regimen intermedio entre la autonomia y el derecho comun viola los preceptos constitucionales que garantizan aquella y que, a su vez, no autorizan el regimen que resulta de la aplicacion de la mencionada ley”.
    – La declaración de inconstitucionalidad “material” de esta determino el Decreto de 9 de mayo de 1936, por el que se declaraba la nulidad de las disposiciones gubernamentales que se hubieran dictado como consecuencia de la Ley de 2 de enero de 1935:
    “Art. 1: Son nulas todas las disposiciones gubernativas dictadas a consecuencia de la Ley de 2 de enero de 1935, que afectan a la adaptacion de servicios del Estado a la Generalidad de Cataluna.
    Art. 2: “Se derogan todas las disposiciones gubernativas no comprendidas en el articulo anterior que antes o despues de la Ley de 2 de enero de 1935 hayan alterado el estado de derecho establecido mediante acuerdos y propuestas reglamentarias de la Comision Mixta del Estatuto de Cataluna, creada por Decreto de 21 de noviembre de 1932 (…)
    Art. 3: Queda derogado el Decreto de 26 de octubre de 1934, en cuanto afecta a los servicios de Orden Publico en Cataluna, y se restablece la vigencia del de 22 de Abril de 1933 que creO la Junta de Seguridad”.
    Asi hubo que restablecer la Junta de Seguridad de Cataluna por Decreto de 10 de mayo. A continuation se dictaron nuevas normas de traspaso de servicios. Concretamente los de Orden Publico se volvieron a traspasar por Decreto de 2 de junio de 1936.

  9. Perdonen mi ignorancia, pero ya sabemos del poder sistémico de PP y PSOE. Esto es, en un caso extremo, si se llegaran a poner de acuerdo ¿No serían capaces de modificar la Ley o régimen transitorio de las cámaras para hacer de ese Gobierno en funciones un Gobierno activo, llamémosle puntual, para aplicar un artículo concreto de la constitución? Recordemos que cuando se ponen de acuerdo, son capaces de modificar la Carta Magna en una semana o de meter a inocentes en la cárcel durante 15 años.

  10. NI OLVIDO NI PERDON
    en said:

    ¿Ante unas Generales? Peores cosas se han visto, pero esto supondría el fin del PSOE y toda posibilidad de un Gobierno de izquierda. O, pura y simplemente, un golpe de estado. ¿Capaces? Yo ya me esperaría cualquier del Reino de la Banana, salvo que le llamáramos plátano de Canarias.

  11. NI OLVIDO NI PERDON
    en said:

    Cuando no intervienen Peter, Carita de Plata o Morgan este foro, sinceramente, me aburre y, por ello, como no sé lo que pasa, si esto sigue aquí me daré de baja yo también. Salvo que la baja o bajas no hayan sido tales y este foro esté infestado más que infectado.

    Por ello, y aún a riesgo de hablar conmigo mismo, voy a efectuar la última reflexión que sigue donde, también me matizo y corrijo a mí mismo, sin las formas tan elípticas, como infames e idiotas de quienes se manifiestan en tercera persona o usurpan alias para su propósito de destruir, al mezclar churras, merinas y gilipollas.

    La sombra del art.155 de la Constitución gravita para aviso de navegantes ante las inminentes elecciones autonómicas. Dicho artículo dispone: “1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.”
    Se impone una mínima y modesta reflexión en terreno peligroso pero en la inteligencia de que un blog que se precie debe propiciar debate.

    1.En primer lugar, comparto las voces autorizadísimas, tanto desde el Derecho Administrativo como desde el Derecho Constitucional que han analizado el limitado alcance del precepto, cuya redacción prudente e incluso farragosa, delata una funcionalidad más propia de “farol constitucional” que de ser aplicado para restablecer la normalidad constitucional.

    2. Se trata de un precepto cargado de incertidumbre o conceptos jurídicos indeterminados, tan indeterminados que se adentran en eso tan peligroso que es la “discrecionalidad política”: por un lado, el “incumplimiento de obligaciones”, que habrá que entender que se tratará de incumplimiento de obligaciones “esenciales”, con intencionalidad y cualificadas por un contexto que ponga en peligro altos bienes jurídicos constitucionales; y por otro lado actuación “que atente gravemente al interés general de España”, lo que puede dar cabida a aquello que incida en la soberanía territorial pues no hay mayor interés de un Estado que conservar uno de sus elementos constitutivos.

    El problema radica en que el propio art.155 impone unas formas o procedimiento propio de un campo de minas (“previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado”), y en que sus consecuencias son limitadísimas: “medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general” ya que lo “necesario” remite a la observancia del principio de proporcionalidad.

    3. Por otra parte, del artículo 155 de la Constitución podría decirse lo que se advierte de los medicamentos antes de usarlos: “Lea las instrucciones de este medicamento y consulte al farmacéutico”.

    Y es que pienso que si el Estado -que está siempre en funciones-, “desenfunda” ese artículo se desatará una fractura sociopolítica gravísima pues no hay nada más peligroso que un animal acorralado. Me atrevo a pronosticar que, como contramedida por parte de Cataluña, todos los actos del gobierno, sean de impulso, trámite o definitivos, serán impugnados ante el Tribunal Constitucional por la vía de conflicto de competencias, conflicto entre órganos constitucionales o sencillamente recursos de amparo por ciudadanos o entidades; no importará que tengan pronóstico de inadmisión o vayan a la papelera, porque la estrategia política catalana pasará por el bloqueo del Tribunal Constitucional, sin olvidar la posible metralla de querellas contra miembros del Gobierno y todo el que toque tal expediente. Y como consecuencia se judicializarán infinidad de cuestiones que llevarán a cuestionar la imparcialidad e independencia de jueces, con un efecto dominó de queja ciudadana frente a toda la clase política que no ha sabido gestionar la crisis.

    Y ya metidos en este apocalipsis jurídico, tampoco quedará indemne la reputación de la ciencia, pues no faltarán como no faltan ahora Catedráticos de Derecho Constitucional, Derecho Internacional, Derecho Financiero o Derecho Administrativo que, aplicarán su ciencia al servicio mercenario de la trinchera en que les toque.

    Por eso, creo que es triste que en tal hipótesis de uso del art.155 de la Constitución, un gigantesco embrollo político-jurídico paralizará las instituciones. No en vano su aplicación debe estar bajo el principio de subsidiariedad y necesidad en una doble vertiente, jurídica (cuando se agoten los mecanismos judiciales ordinarios) y política (cuando se agoten las negociaciones políticas).

    4. Si la política es el arte de lo posible, ya es hora de aplicar alta política. Nada de partidismos, vendettas ni prejuicios. Una negociación de altos vuelos. No es una quimera. Es que salga lo que salga de las urnas habrá negociación, antes o después, con este o con otro gobierno. No nos engañemos.

    Otra cosa es la posición de fuerza respectiva al negociar, ya que me atrevo a vaticinar que cualquiera que sea el resultado electoral, resultará como cuando se analiza el impacto de una huelga o el resultado electoral local: todos ganan y ninguno se confiesa perdedor.

    5. Hace cuatro días, el Catedrático de Derecho Administrativo Santiago Muñoz Machado desde el Diario El Mundo exponía en una entrevista con su habitual lucidez las claves del problema. Me quedo con esta frase: “La inteligencia jurídico-constitucional permite buscar soluciones que necesariamente tienen que pasar por una reforma de la Constitución.” Y añade, “Un marco constitucional en el que exista un régimen especial para Cataluña. Planteo que ese cambio se haga de forma paralela con una reforma constitucional más amplia. Después habría dos referéndums. Uno para que Cataluña se autodetermine y otro para que el resto de España se pronuncie sobre esa autodeterminación.”

    6. Si hemos llegado a esto, contando con un Rey que simboliza la unidad del Estado, con un Tribunal Constitucional llamado a diseñar el modelo territorial armónico, con un Senado como cámara de representación territorial, con Defensores del Pueblo y numerosos cargos con vocación de cohesión… creo que alguien no ha hecho bien su trabajo.

    Y ahora no me explico con los miles de instituciones y organismos públicos, con los numerosos cargos públicos e instituciones, que no exista manera de buscar una especie de “arbitraje político” o negociación que permita frenar esta locura. E insisto, ni me parece locura que un pueblo luche por sus aspiraciones de independencia ni me parece locura que un gobierno cumpla su misión de mantener la integridad territorial. Lo que es un desatino es la guerra mediática, de hechos consumados, de amenazas, de golpes bajos de ambas partes.

    De entrada me causa perplejidad que por ambas partes (gobierno catalán y actual gobierno de la nación) se acepte mediáticamente que unas elecciones autonómicas (que jurídicamente son lo que son y para lo que son) son un referéndum para la independencia: o sea, la perversión flagrante de institutos jurídicos. ¡Y luego se habla jurídicamente del rechazo al “fruto del árbol envenenado”!

    7. La lástima es que se haya dejado pudrir el problema hasta este punto y que se haya fracturado la sociedad catalana, la sociedad española, la posición de los partidos políticos y la misma Constitución en trance de ser sacudida en sus cimientos.
    Creo sinceramente que se ha llegado a esta situación como la reflejada en la conocida Fábula de Esopo sobre el hijo malcriado, en que el padre que deja crecer al hijo travieso y sin límites, que al final no puede corregirlo. El Estado ante los derroteros que lleva la última década tomando Cataluña, el País Vasco y alguna otra Comunidad reclamaba a gritos la aprobación de una ley de armonización de competencias para evitar los excesos, los experimentos, el “estiro la competencia y no pasa nada”. Y no se diga que la LOAPA fue un fracaso. Se fijó por el Tribunal Constitucional en sus términos la aplicación de las leyes de armonización, hoy sin estrenar, y hubiera sido mejor hace años que algún gobierno valiente hubiere asumido el “gasto político” de aprobar una ley de armonización que no ahora la calamitosa posibilidad de estrenar el art.155 de la Constitución.

    Junto a ello, y sigo mirando por el retrovisor con lamentaciones, hubiera sido deseable un régimen de financiación autonómica que atendiese más a pautas objetivas y no a objetivos de “paz sociopolítica” que cierra en falso los problemas.

    Y por último, en vez de atajar las heridas (no solo la catalana, sino la vasca, que está ahí aguardando en la espesura, por aquello de “unos sacuden el árbol y otros cogen las nueces”), no se acometió el necesario avance hacia un Estado federal que merezca tal nombre (no por “la vía de hecho asimétrica” – que es la política del avestruz- sino por la vía de la negociación y formalización de las reglas del juego).

    8. Insisto, me pregunto como ciudadano, que creía tener claro el modelo de Estado, la Unión Europea, la lealtad institucional y las claves que mantienen la cohesión del Ordenamiento Jurídico… ¿cómo hemos llegado hasta aquí?
    No sé cómo saldremos de estas arenas movedizas que se tragan las valiosas reglas de lealtad institucional y sentido del Derecho.

    Y mientras tanto achicando agua por otras vías bajo la línea de flotación del Estado como son la crisis económica que no acaba de disiparse o la gravísima situación de los refugiados. A veces me pregunto si me pasará como el protagonista del cuento más corto del mundo de Augusto Monterroso:” Cuando despertó, el dinosaurio aún seguía allí”. Si cuando yo despierte Morgan, Peter o Carita de Plata no me han dicho algo, me volveré a mi sueño de siempre y que ya, para mi tristeza, no es España, sino esta tan burda como absurda inconsistente irrealidad de los horteras.

    Espero que hasta pronto.

    • Sigo aquí, por estos lares queridisimo amigo mio, solo que con un final de semana más liado que el testamento de una loca, os he ido leyendo a altas horas de la madrugada, yo también tengo dependencia de este lugar y os leos aunque sea en el artefacto maldito ese del móvil. No soy jurista y dar mi opinión en temas tan específicos me produce vértigo y creo que seria hasta presuntuoso. No obstante, si todo lo leído aquí se diera, si el Masismo hubiera esperado a la disolución de las cortes para dar el golpe definitivo, me vais a perdonar la boutade en el caso que lo sea, pero estaríamos hablando de un eufemismo de golpe de estado ? Yo sigo creyendo que hay una carta de la bajara que estos vándalos soberbios no contemplan y es que no tengan la mayoría absoluta, con bailes o sin ellos, PSC está girando la tortilla, Podemos igual, no hay más que ver el debate de ayer noche en 8TV, ridículo espantoso de los Masistas.

      Otra cosa que no comprendo, ¿Por qué a días del final de campaña se despiertan las voces en contra de la secesión, UE, EEUU etc? ¿ Pero de verdad el señor Rajoy se pensaba que estos golpistas no iba en serio?

      • NI OLVIDO NI PERDON
        en said:

        Tu nunca faltas, mi muy querido Morgan. Y solo por leer, entre carcajadas, lo del testamento de la loca, ha valido la pena. En lo que dices, en este caso por lo manifestado por Obama, ¿te diste cuenta que por un aparente ‘error de la traductora’, se montó la que se montó y que el incontinente Margallo con su sonrisa de payaso de película de terror vino a decir que era España -si no él mismo-, quien había ‘sugerido’ las palabras del hombre más poderoso de la tierra.

        No veo 8 TV porque aquí no la recibo. Los masistas, digan lo que digan, mienten y lo saben. ¿se puede explicar que la alta burguesía catalana vaya a votar junto con los que quieren colgarlos de las farolas de Pedralbes o guillotinarlos con barretina?

        Si me lo permites quisiera hacer una última reflexión. Es evidente que es necesaria una reorganización del Estado, pero no sólo por el problema de la inserción de una parte de los ciudadanos de Cataluña en él, sino porque, tal y como está regulado el control de ingresos-gastos entre Estado-Comunidades Autónomas-Ayuntamientos es absolutamente insostenible. La deuda pública sigue y sigue creciendo sin cesar lo que es un dato objetivo incontestable.

        Si hay que reorganizar el Estado la pregunta es ¿cómo lo hacemos?. Las bases a mi juicio ya están recogidas en los artículos 138 y 139 de la Constitución:

        Artículo 138
        1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
        2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.

        Artículo 139
        1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado.
        2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español.

        Sobre esta base se pueden reconocer todas las singularidades específicas de quien lo desee, pero siempre con el último objetivo de buscar la igualdad y solidaridad entre todos los mismos ciudadanos de un Estado, protegiendo además a los más débiles que siempre son los más desamparados cuando hay problemas.

        Esto último es porque en las pugnas entre territorios o Estados siempre tengo la sensación de que se prescinde (¿será casualidad?) de los ciudadanos. Es la misma sensación que tenía con los debates sobre Grecia, si la Merkel, si Tsipras, si los griegos esto, si los alemanes lo otro, pero ¿quien protege a los jubilados y discapacitados griegos? .La triste respuesta es que nadie lo hace.

        Primero era por la violencia de ETA, después por las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero lo cierto es que sea por los motivos que sean, se ha venido aplazando una necesaria reorganización del Estado para dejar de gastar tanto y redistribuir mejor en términos de solidaridad, igualdad y equidad, no sólo entre territorios, sino y más importante entre ciudadanos, a la postre y aunque parece que sólo nominalmente, los depositarios de la soberanía y quienes con sus impuestos presentes y futuros están pagando y pagarán todo esto.

        En definitiva, no es labor del TC “diseñar” nada, únicamente velar por que se cumpla lo que dice la Constitución. Uno de los problemas, junto con los apuntados, es la clamorosa falta de cultura político-constitucional general de la cual se aprovechan los masistas y sus cómplices, pues a nadie se le ocurre denunciar lo evidente:

        El marco jurídico permitiría la independencia de Cataluña siempre y cuando se cumplan las previsiones que contempla la propia CE y que, además de establecer el ámbito de decisión que se circunscribe a todos los Españoles, exige, para determinadas decisiones, a las que se suele denominar por los constitucionalistas -entendiendo por tales a los tratadistas en Derecho constitucional y no a los partidarios de tal o cual opción política- decisiones políticas fundacionales, determinadas mayorías reforzadas (de 2/3, 3/5, etc…) Lo contrario es lo que pasa en Cataluña, están que si las encuestas, que si el 50%… Como si yo hago un concurso de atletismo en mi barrio y proclamo al vencedor campeón del mundo de baloncesto y obligo a los demás a acatarlo. Pero a fuerza de repetir una mentira mil veces, al final pasa por verdad.

        En cuanto al hecho de que haya un problema, niego la mayor, es una falacia, no existía tal conflicto hasta que les ha interesado, o dicho de otro modo, el problema es ficticio y subsistirá mientras alguien crea que puede obtener algún rédito haciendo victimismo. Y es ingenuo pensar que en algún punto se darán por satisfechos por más concesiones que se les haga a los nacionalistas, esto está demostrado por más de 30 años de democracia.

        Y por último, es especialidad de los políticos no resolver los problemas reales y crear imaginarios, ya en la Edad Media (e incluso antes) en épocas de crisis, los señores feudales o los reyes se inventaban una guerra o un enemigo exterior para distraer la atención o, incluso, para reactivar la economía. Es célebre también la cortina de humo de crear un enemigo exterior, Hitler siguió el manual y al principio le fue muy bien, pues contaba con al pasividad de las demás potencias que, pusilánimes, sabía que no intervendrían, al final se pasó de la raya y vino todo lo demás.

        Quizás ahora ocurrra algo parecido. Y que tú lo veas, amigo mío.

  12. No sé si la jartura es superior al cansancio o al agotamiento, intelectualmente ya no doy para más, he llegado al punto del hastío y de cierta rabia mezcla de repugnancia y de la incredulidad he pasado a la estupefacción y al final he llegado al punto de que siento esa amargura de la batalla perdida.

    No reconozco a mis vecinos, a mis amigos, esos con los que un día fui a los toros en la Maestranza, y con los que convivir era un regalo de la vida. No reconozco a una sociedad que está dividida entre los españolistas, incultos, provincianos, catetos y ladrones y los cultos catalanistas libres de toda macula.

    No reconozco a esa genta que tan bien conozco que viajan en ave a Madrid a reunirse con sus clientes, empresas que un día estuvieron en Barcelona y hoy sus sedes están en Madrid, y esos mismos no se les cae la cara de vergüenza de facturar a Madrid, cuando gritan Madrid nos roba… Esos que no piden explicaciones de por qué razón se han ido tantas empresas fuera de Catalunya.

    No reconozco a los que creía mis amigos que me aíslan porque sigo hablando castellano como lo he hablado toda mi vida, y no cuelgo banderas absurdas en las ventanas de mi casa.

    Mis padres fueron emigrantes a finales de los cincuenta, en Catalunya dónde trabajaron como bestias, mano de obra barata, esa mano que empezó llegando a Catalunya a levantar la Catalunya de la Exposición Universal, esa mano de obra que construyo el metro, que construyo la Barcelona que hoy existe, aquellos que se les llamaba Andalusus, fueran gallegos, extrememos o murcianos, en tono despectivo, los que vivían en barracas en las colinas de Montjuich, o en las barracas de Can Tunis, sin agua, sin electricidad, sin las más mínimas condiciones de salubridad, sin ayudas, como animales, recomiendo encarecidamente la lectura de un libro de Paco Candel, “Els altres Catalans” – Los otros catalanes- ese libro es la historia de los emigrantes llegados a Catalunya, y como la honorable Catalunya les recibió, a quienes sistemáticamente siempre se les ha excluido de la Catalunya que han diseñado a su medida primero el Pujolismo y ahora Mas y sus huestes.

    Y estos catalanes, mis padres, 60 años luchando por un lugar al sol en esta tierra que los llamó charnegos, que los repudio desde el primer instante de bajarse del tren que los traía dentro de su propio país a un lugar con más posibilidades de futuro del que dejaban atrás. Que tuvieron hijos, nietos, biznietos, a los que consiguieron universidades, permitieron sin levantar la voz que les enseñaran una historia desvirtuada, que luego había que rehacer en casa, o que en los colegios solo les hablaran en catalán, pero que hoy, presiden direcciones generales, consejos de administración o dirigen hospitales, que hoy están en los niveles más altos de la sociedad, pero aún así, son españolistas por no renunciar a sus orígenes, a sus raíces, a su dignidad y la de sus padres o abuelos, y a todos ellos se nos quiere robar la catalanidad, se nos quiere excluir de un proceso que nos afecta hasta la medula de nuestras vidas y las de nuestros hijos y nietos, y tenemos que soportar como un bando se arroga un derecho a decidir al que no tenemos acceso.

    En cualquier país del mundo esto sería inaceptable, aquí está pasando, la carta del President de la Generalitat de Catalunya, -y no pongo el señor Mas, porque la escribió como presidente- arropado por los principales dirigentes del sí, es tan vergonzosa como ultrajante, y vuelve a demostrar que carecen de ideas, carecen de argumentos, y es de un cinismo tan brutal cuando dice… “Catalunya se ha alzado siempre contra las injusticias de todo tipo, contra la sinrazón. Catalunya ha amado a pesar de no ser amada, ha ayudado a pesar de no ser ayudada, ha dado mucho y ha recibido poco o nada, si acaso las migajas cuando no el menosprecio de gobernantes y gobiernos.”

    Sigue hablando de unos catalanes donde no cuentan los otros catalanes. Su borrachera de egolatría, su mezquindad, es clamorosa, en política no se ama, señor Mas, en política se trabaja para el bienestar de los ciudadanos, para el progreso de los pueblos, para el beneficio de la mayoría, para la justicia y para los derechos de todos, no de unos cuantos,

    Me vais a perdonar esta vomitada de rabia y esta incontinencia desmesurada sin orden ni concierto, pero escuchar como un vicepresidente alardea de que sus hijas no hablan español, porque no ven televisiones españolas que idiotizan y desinforman, o como en un alarde de analfabetismo la respuesta al comunicado de la Asociación Española de la Banca y la Confederación Española de Cajas de Ahorro, ha sido que las puertas son grandes y que se vayan… y de paso aprovechar para hacerlos responsables de todos los males de la humanidad.

    De manera maniquea cambian la lectura del comunicado, porque si la banca mueve ficha ahora es que está nerviosa y ¿porque está nerviosa mi señora Manuela? Pues porque son terroríficas las cifras de patrimonios familiares que ya están fuera de Catalunya… Masas ingentes de dinero ya están fuera de su cortijo, oh perdón, masía, señor Mas y ustedes lo saben…

    Siento este desahogo sin control, pero es que cada día me cuesta más que no me ahogue por dentro una cosa que se llama dignidad.

  13. NI OLVIDO NI PERDON
    en said:

    Queridísimo amigo Morgan: lo que tú llamas un desahogo sin control no es sino esa VERDAD -LA VERDAD, LA UNICA VERDAD- que esa banda, que esos asaltacaminos, que esos malvados sin conciencia jamás escucharán por la simple razón de que es la voz de la razón.

    Me callo. Nada cabe añadir. Me siento tan cerca de tí, que mi solo orgullo es el haberte conocido. No vivo, para mi desgracia, hoy, en el Sureste de España. No sólo para sentarme contigo; quizás lo que yo haría ahora me haría pasar el resto de mis dias en la cárcel y tampoco es que me queden muchos. Me daría, pues, igual.

    Un fortísimo abrazo con todo mi cariño.

    • NI OLVIDO NI PERDON
      en said:

      Querido Morgan: el único tumor maligno recurrente es el de ese completo gilipollas que sigue por aquí tocandonos las pelotas a todos. No respondo a los ‘bots’. Te lo cuento a tí: para Maravall -“Las Comunidades. Una primera revolución moderna”- hay que ver en el alzamiento comunero la más temprana de las revoluciones de los tiempos modernos, adelantándose a Inglaterra y a Francia, en un intento por dar a Castilla una estructura política que pusiese un freno a la tendencia absolutista de la corona. Maravall vino a inaugurar las explicaciones sociales del levantamiento urbano, basado en la hipótesis de que el ideario político comunero expresó de manera dramática una primera y temprana crisis de la modernidad en España y en toda Europa. Maravall fue, por cierto, el padre de Fernando, nuestro ministro socialista. Y, por cierto, en la Academia, a su muerte le sustituyó Pepe Alcalá-Zamora. Ni decirte lo que éste piensa sobre el tema: lo ve como tú.

      • Estoy en deuda contigo Ni Olvido, amigo, gracias. En cuanto al tonto, en todos los pueblos de este país, esto va por ti tonto, España, hay un tonto oficial, es así, nosotros, en este pueblo, tenemos el nuestro, con boina y babilla. Vamos lo que viene siendo un tontolaba.

  14. Claudio constata, no sin cierta sorna, las recidivas muestras de la enfermedad que padecen ciertos contertulios. El mal no es otro que el nacionalismo de Estado o “nacionalismo de la nación” como lo denominaba el eminente historiador xativenc José Antonio Maravall Casesnoves. Tal dolencia les hace creer a esos madrileñistas-castellanistas que el Estado Español coincidiría con una realidad mítica: La nación española. Es el mismo delirio que enarbolan los catalanistas al imaginar el futuro Estat Català como la nación catalana. Los unos y los otros estáis enfermos de lo mismo.

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